martes, 14 de julio de 2015

Semana 6



  TÓPICOS SOBRE DERECHO BUROCRÁTICO

 En esta semana abordaremos el estudio de la relación que existe entre el Estado y sus trabajadores.
Partiendo del Art. 123 Apartado B Constitucional, describiremos el marco normativo que regula esta relación y las diferentes clasificaciones de trabajadores que la ley reconoce.



Lectura recomendada de la semanahttp://dropcanvas.com/jlm0p

Leyes Reglamentarias (Federal y Estatal): http://dropcanvas.com/sn7nu

En este mismo apartado se publicara la presentación y el producto para este tema.

Saludos cordiales.

Actividad en Clase: Plasme una reflexión personal sobre los temas vistos hasta el día de hoy indicando cual ha sido el aprendizaje mas significativo que le han dejado estos temas.

15 comentarios:

  1. Esperando su entusiasta participación quedo a la espera de sus comentarios.
    Saludos cordiales.
    El Facilitador.

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  2. Me pareció muy interesante que el 25% de los trabajadores trabajan para el gobierno.

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  3. Es interesante saber que los diferentes tipos de relaciones laborales que existen dentro del estado-particular, este primero como patrón, sin importar si estés con base de confianza, por contrato, por honorarios; la legislación mexicana en este caso regula y protege los derechos del trabajador sin importar la relación laboral que existiere entre el Estado y el particular.
    Luis Mariano GUtierrez Loustaunau

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  4. Interesante es conocer como la legislación mexicana contempla disposiciones que regulan relaciones laborales dentro de los tres poderes de la unión como los trabajadores de base y los de confianza, reconociendole a estos últimos solo beneficios de la seguridad pública. Así mismo como la constittución establece un tratamiento distinto en metería de conflictos laborales entre el poder judicial federal y sus trabajadores.

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  5. Me pareció interesante conocer en el derecho burocrático existen trabajadores al servicio del Estado, con diferentes regímenes laborales, es decir, su relación laboral se regula de diferente manera, como lo son los trabajadores de base y los de confianza, por ejemplo las prestaciones de seguridad social son diferentes de unos de otros. Los cuales los podemos encontrar su regulación laboral en la Ley del Servicio Civil del Estado de Sonora y, Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Art 123 Constitucional.

    Eduardo Osmar Cossio Noriega.

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  6. Me parece injusto que los trabajadores de confianza, honorarios, etc. No tengan ninguna garantía en base a su permanencia del puesto que ejerzen; siento que se encuentran desprotegidos y con pocos derechos a defenderse, debería de ver una ley extra que regulara que se les diera mas al liquidarlos, o indemnizarlos hasta que logren acomodarse de nuevo con algún sueldo vitalicio ya que considero que el gobierno si cuenta con presupuesto para esto de proteger al trabajador sino robara tanto, corrompiera mas y no dedicara parte de los egresos en tantos diputados, senadores y prestaciones y pensiones a expresidentes y extitulares de grandes puestos que ya se enriquecieron bastante. Annette San Martin Leon

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  7. Igual que algunos compañeros , me parece injusto que no sea igual un empleado de confianza a uno de base, porque sera?, pero de igual manera todos ellos son empleados y deben de nivelar los contratos para que creen antiguedad bien se sabe que tienen muy buena paga , pero el que no tengan igual oportunidad que otros profesionistas que laboran igual que ellos eso es ilógico, deberia de ser en el nivel que esten tengan todo asi debe de ser en la constitucion , igualdad en todo solo varian los estudios para cada nivel, seria lo mas justo y el que paguen mas por ser amigo del director esta mal.
    saludos.

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  8. yo no estoy de acuerdo en que el estado este realizando las funciones generador de plazas, 25% es mucho es mucha carga para la IP y además eso genera las pocas prestaciones que tienen en el gobierno y en algunos casos la duplicidad de funciones.
    MIGUEL AVILES CAMPA

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  9. yo pienso que en primer lugar el Estado esta actuando en cuanto, a puestos de confianza y empleado como actúa la iniciativa privada, y allí si que ni las manos metes cuando eres Gerente o cualquier otro puesto de confianza, por que esta muy claro en la ley del trabajo y en la ley federal de los trabajadores al servicio del estado que un puesto de confianza te pueden despedir cuando así lo determine el titular que te dio el puesto, y también por el tipo de remuneración es mucho mas alta que cualquier empleado, si se igualaran la paga y las prestaciones todos tuviéramos el mismo estatus social
    ANA ISABEL MORA

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  10. Me pareció muy interesante el tema, ya que actualmente me desempeño como servidor público, por que mi trabajo es servir a la ciudadanía como agente de la Policia Municipal. Nuestra constitución federal en su apartado B del artículo 123, señala cuáles son los derechos de las personas que trabajan para alguno de los poderes, ya sean los poderes ejecutivo, legislativo y judicial. A nivel Federal, existe una ley que regula la relación de los empleados de los poderes de la unión, que es la ley reglamentaría del Apartado B, del artículo 123 de la Constitución Federal, a nivel local está la Ley del Servicio Civil, que también regula la relación laboral de los empleados de los poderes del Estado. Tanto a nivel federal como estatal, existen empleados de Confianza y los de base o sindicalizados, así como también empleados que son contratados por honorarios. Para ser servidor público, en algunas ocasiones debes de cumplir con cierto requisitos, atendiendo la trascendencia e importancia de la función a desempeñar y algunos casos, se requiere de la elección del propio pueblo. Alan Rivera.

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  11. Lo que me pareció mas interesante fue el conocer la diferencia entre los empleados de base y empleados de confianza, así como las diferentes prestaciones y en que ley se establece, también un poco desconcertada que los empleados de confianza no tienen ninguna seguridad de un trabajo.
    Sarahbell Martinez

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  12. A mi parecer es injusto que los empleados de confianza puedan ser despedidos en cualquier momento por sus superiores y que la ley no los apoye, porque muchas de estas veces no tiene que ver con la forma de trabajo del empleado, sino que tan bien le cae esta persona al jefe, siendo esto muy injusto ya que no se toma en cuenta lo importante que es la forma en que trabaje. Y en cambio a los trabajadores de base los protege el sindicato.

    Diana Sánchez López

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  13. Me pareció interesante el hecho de que los funcionarios, estén obligados a hacer o no hacer solo lo que dicen las leyes o reglamentos, ya que sus funciones deben de estar en apego a derecho, o no tienen poder absoluto, nosotros podemos exigir el buen cumplir de algún funcionario.
    -Alejandra León

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  14. En el foro anterior comente al respecto de la inequidad, diferencia en la aplicacion de la ley para los trabajadores del Art. 123 Apartado B Constitucional empleados de base y de confianza y el marco normativo por el que se rigen con algunas lagunas para su defensa y una discrepancia de proteccion respcto a los trabajadores del art 123 apartado B, considero que todos los Trabajadores de cualquier indole debian regirse por la misma ley y con la misma proteccion y respeto a sus derechos laborales en cualquiere ambito laboral.

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  15. En lo personal no estoy de acuerdo que la diferencia entre trabajadores de confianza y de base, que entre si lo que beneficia a uno puede perjudicar al otro. y seria mucho mejor que solo hubiera un solo estado de relación laboral.

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